Analizaremos en la presente entrada los principios del derecho marcario (territorialidad, unidad, autonomía y autosuficiencia, coexistencia y especialidad). Y ello se justifica porque los citados principios afectan en mayor o menor medida a todas las marcas, pero de manera especial a las marcas notorias y renombradas.
Archivos diarios: 28 julio, 2015
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Antes de profundizar en el objeto del trabajo, es necesario realizar algunas consideraciones generales sobre las marcas y su relación con la notoriedad y el renombre. Y más concretamente, nos ocuparemos del concepto de marca, de sus funciones y de la adquisición de los derechos inherentes a ésta.