Información y actuaciones previas en el procedimiento administrativo

Independientemente de la forma en la que se inicie un procedimiento (de oficio o a solicitud del interesado), la Ley 39/2015 prevé la posibilidad de que se lleve a cabo un trámite de información y actuaciones previas. Pero, ¿dónde se regula el citado trámite en la nueva ley? ¿Ha sufrido algún cambio con respecto a la Ley 30/1992?

LAS NOVEDADES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN EN LA LEY 39/2015. ALGUNOS ASPECTOS SINGULARES

 

3.4.- Información y actuaciones previas

Independientemente de la forma en la que se inicie un procedimiento (de oficio o a solicitud del interesado), la LPAC prevé la posibilidad de que se lleve a cabo un trámite de información y actuaciones previas (art. 55 LPAC).

Por tanto, con anterioridad al inicio del procedimiento, el órgano competente podrá abrir un período de información o actuaciones previas. En dicho período, se intentará conocer las circunstancias del caso concreto y si es conveniente o no iniciar el procedimiento. También se prevé idéntico período para los procedimientos de naturaleza sancionadora, con especialidades que serán analizadas en el epígrafe dedicado al referido procedimiento.

La competencia para realizar las actuaciones previas la tendrán los órganos que tengan atribuidas las funciones de investigación, averiguación e inspección en la materia y, en defecto de éstos, por la persona u órgano administrativo que se determine por el órgano competente para la iniciación o resolución del procedimiento.

Esta alusión al período de información previa se realizaba anteriormente de manera más escueta en el art. 69.2 LRJPAC, incluyéndose dentro de la iniciación de oficio. En la LPAC pasa a regularse en un artículo independiente, incluyendo en el mismo la referencia a la competencia para tramitar el período y las especialidades en los procedimientos de naturaleza sancionadora.


ABREVIATURAS 

 

BOE                                  Boletín Oficial del Estado.

CE                                     Constitución Española.

DOUE                               Diario Oficial de la Unión Europea.

LAE                                  Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

LEC                                  Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

LEF                                   Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa.

LJCA                                Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

LPAC                               Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.   

LPAC 1958                       Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.

LRJPAC                          Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

LRJSP                              Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

RPPS                                Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

RPRP                                Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial.

TC                                     Tribunal Constitucional.

TS                                      Tribunal Supremo.


Julio de 2017.

© Alberto Díaz Hurtado, Abogado (autor)

 

 

 


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