Una vez sentadas las ideas básicas, expuestas las novedades introducidas en el procedimiento y analizadas otras figuras que, sin incluirse en la regulación del procedimiento administrativo, lo afectan de una manera importante, nos encontramos en condiciones de formular las conclusiones sobre las novedades que, a nuestro juicio, la Ley 39/2015 ha introducido sobre el Procedimiento Administrativo Común.