Tomando como referencia el articulado de la LPAC, haremos referencia en esta entrada a las disposiciones generales de la misma, haciendo hincapié en el objeto y el ámbito subjetivo de aplicación, ya que al haberse procedido a regular solamente las relaciones «ad extra» de la Administración, evidentemente éstos han de cambiar.
Derecho Administrativo
Habiendo sentado en anteriores entradas una serie de ideas básicas, en este tercer epígrafe del trabajo nos haremos, entre otras, las siguientes preguntas: ¿Sobre qué ejes gira la nueva regulación del procedimiento administrativo común? ¿Se mantiene el núcleo central de la regulación hasta ahora vigente?
¿Cómo queda estructurada la Ley 39/2015? ¿Qué diferencias existen con respecto a la Ley 30/1992? En esta entrada expondremos brevemente la estructura de la LPAC, comparándola con la LRJPAC, pudiendo así detectar a simple vista qué títulos han sido modificados, suprimidos o cambiados de lugar en el nuevo texto legal.
Nos centramos en esta entrada en la principal novedad introducida en la reforma llevada a cabo por las Leyes 39/2015 y 40/2015, como fue la división del ordenamiento jurídico público en dos ejes fundamentales, las relaciones ad extra y ad intra de las Administraciones Públicas.
En la presente entrada nos ocuparemos de analizar los antecedentes normativos de la Ley 39/2015. Para ello, haremos un breve recorrido histórico por las distintas normas que han regulado el procedimiento administrativo común en el ordenamiento jurídico español, así como la situación de la que partimos en la actualidad.
Comenzaremos el trabajo exponiendo una serie de ideas básicas que hay que tener presentes. Primero, haremos un breve recorrido histórico por las diferentes normas que han regulado el procedimiento administrativo común. Posteriormente, analizaremos la división del ordenamiento jurídico público en dos ejes. Y finalmente, estudiaremos la estructura de la LPAC.
En esta primera entrada realizaremos la introducción al trabajo sobre las novedades del Procedimiento Administrativo Común en la Ley 39/2015. Para ello, en primer lugar, expondremos los objetivos que pretendemos conseguir, justificando la importancia del mismo. Posteriormente, se apuntará tanto la estructura como la metodología utilizada durante todas las entradas.
Tras más de veinte años de vigencia de la Ley 30/1992, el pasado dos de octubre entró en vigor la Ley 39/2015, relativa al Procedimiento Administrativo Común. ¿Cumplirá los objetivos que se propone?