Diccionario de Derecho del Fútbol | Derechos federativos. Abordaremos de manera breve y precisa el concepto, aportando unas nociones básicas.
Es la potestad administrativa que ostentan los clubes de fútbol para solicitar y mantener el registro de un futbolista ante las federaciones nacionales o internacionales, habilitándoles para alinear al jugador en competiciones oficiales. Dichos derechos derivan del vínculo contractual entre el jugador profesional y el club, y su ejercicio se canaliza a través del sistema de inscripción federativa, conforme a la normativa aplicable a cada caso concreto. Dicho con otras palabras, son los que hacen posible que un jugador pueda ser alineado y participar en partidos oficiales con su club.
Estos derechos no confieren una propiedad sobre el jugador, sino la facultad de inscribirlo válidamente en el sistema federativo mientras se mantenga vigente su licencia o vínculo contractual. A diferencia de los derechos económicos (de naturaleza patrimonial) los derechos federativos son indivisibles, intransferibles parcialmente y no susceptibles de cesión a terceros ajenos al sistema federativo. En consecuencia, la transferencia de un futbolista profesional implica el traspaso íntegro de sus derechos federativos al nuevo club, lo que permite su inscripción en la federación de destino.
Los derechos federativos cesan con la expiración, rescisión o extinción de la licencia o contrato de trabajo del futbolista con su club, aunque pueden subsistir efectos jurídicos derivados de los mismos, como indemnizaciones por extinción unilateral del contrato o pagos por derechos de formación o solidaridad.
Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores FIFA (RETJ). Artículos 5, 8 y 9.